Protección de fachadas históricas de Escobar: el HCD aprobó una iniciativa de Ariel Sujarchuk
El Honorable Concejo Deliberante de Escobar aprobó por amplia mayoría un proyecto enviado por el Ejecutivo que establece la creación del Registro de Fachadas Patrimoniales e Históricas de Escobar con el objetivo de identificar, conservar y restaurar el valor patrimonial, arquitectónico, histórico o simbólico del distrito. La ordenanza se reglamentará en las próximas semanas.
Los edificios que podrán formar parte de este registro deben tener 66 años o más de antigüedad (construidos antes de la fundación de Escobar en el año 1959) y se conformará una Comisión Evaluadora para determinar los niveles de protección que recibirá cada inmueble. La declaración de una fachada como bien patrimonial se realizará mediante ordenanza en el Honorable Concejo Deliberante de Escobar, luego del dictamen técnico de la Comisión integrada por cinco miembros (dos concejales del bloque oficialista, dos concejales de los bloques de oposición y un representante del Departamento Ejecutivo, que será designado por el intendente Ariel Sujarchuk).
En el proceso de selección de los bienes patrimoniales, la Comisión Evaluadora podrá solicitar la colaboración de colegios profesionales, universidades, asociaciones patrimoniales o expertos independientes. Las fachadas declaradas como bien patrimonial serán categorizadas en alguno de los siguientes niveles de protección, según su valor cultural: Protección Integral: implica la conservación obligatoria de todos los elementos formales y materiales visibles; Protección Estructural: permite intervenciones interiores que no alteren el volumen ni el diseño exterior de la fachada; Protección Contextual: resguarda la integración morfológica de la fachada con su entorno urbano inmediato, debiendo respetarse alineación, altura, proporciones y elementos compositivos predominantes; o Protección Cautelar: afecta preventivamente a las fachadas linderas o próximas a otras declaradas patrimoniales y cuya armonía visual o espacial con el entorno requiera tutela específica.
Todas las intervenciones sobre una fachada declarada como bien patrimonial deberán ser aprobadas previamente por ordenanza en el Honorable Concejo Deliberante, con la pertinente justificación fundada del interés público y los alcances de la intervención solicitada. Asimismo, la ordenanza admite excepciones para proteger construcciones posteriores al año 1959. En estos casos especiales la Comisión Evaluadora considerará si efectivamente lo amerita.