Diputados aprueba por amplia mayoría el proyecto para evitar la "puerta giratoria" de los delincuentes en la justicia

Esta iniciativa establece que, si alguien está procesado y se comete un nuevo delito se proceda a la detención, al modificarse el concepto de reincidencia por reiterancia para terminar con la denominada "puerta giratoria".

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de ley que modifica el Código Procesal Penal Federal para terminar con la modalidad de la "puerta giratoria" de los delincuentes en la Justicia.

El proyecto se aprobó con 138 contra 94 y 1 abstención, y ahora se girará al Senado para su sanción definitiva.

Esta iniciativa establece que, si alguien está procesado y se comete un nuevo delito se proceda a la detención, al modificarse el concepto de reincidencia por reiterancia para terminar con la denominada "puerta giratoria".

La discusión se produce en un momento en que recrudecieron los casos de inseguridad y en medio de la polémica entre el presidente

Javier Milei y el gobernador bonaerense Axel Kicillof por el aumento de los delitos en el conurbano.

Al abrir el debate, la presidenta de Legislación Penal, Laura Rodriguez Machado, dijo que "vamos a dar media sanción a lo que la

gente "llama la puerta giratoria" y con esta ley "se va a terminar con la impunidad y con delincuentes en la calle".

"Con este cambio que queremos hacer en la legislación penal argentina para que un delincuente sea considerado reincidente debe

haber sido condenado en dos o más delitos con condena firme", agregó.

Explicó que actualmente un juez para dictar prisión preventiva debe considerar la posibilidad de fuga o entorpecimiento, y ahora

se le agrega que estas personas hayan tenido varias imputaciones".

Desde UP, el diputado Martín Soria señaló que "Desde nuestro bloque rechazamos este proyecto porque el eje central es sustituir la presunción de inocencia de los habitantes de nuestro suelo por la presunción de un juez federal sobre si una persona cometerá un delito en el futuro"-.

"Emitimos dictamen de rechazo porque que choca con preceptos constitucionales y leyes vigentes, ya que engañan a la ciudadanía a diciendo que van a terminar con puerta giratoria y eso es mentira", señaló.

La radical Pamela Verasay señaló al respaldar el proyecto que "Mendoza es pionera en reformas en materia de seguridad y administración de justicia que han logrado resultados concretos".

"Tanto es así, que hemos sido el modelo para seguir por muchas provincias tales como Santa Fe, Salta, CABA y también para la Nación", indicó.

El diputado de Encuentro Federal Oscar Agost Carreño afirmó: "Celebro que estemos sesionando para cumplir con la deuda que tenemos como Congreso. Venimos a agravar la situación penal de los que eligen delinquir como forma de vida".

"Pocas cosas causan tanta indignación a la sociedad como ver un delincuente que sale por la puerta giratoria", agregó.

Desde la Izquierda, Nicolás del Caño rechazó de plano el proyecto oficialista y dijo que "lo que se hace es fortalecer el aparato represivo y no ir al fondo de la cuestión".

"Es demagogia, para una legislación más punitiva, represiva, para mayor control social. Nosotros la vamos a rechazar", subrayó.

El proyecto considerará reincidente a "toda persona que haya sido condenada dos (2) o más veces a una pena privativa de libertad, siempre que la primera condena se encuentre firme".

Fija que la condena sufrida en el extranjero "se tendrá en cuenta para la reincidencia si ha sido pronunciada por razón de un delito que pueda, según la ley argentina, dar lugar a extradición".

En ese sentido, la iniciativa de reforma al artículo 17 del Código Procesal establece que "las medidas restrictivas de la libertad sólo podrán fundarse en la existencia de peligro real de fuga, de obstaculización de la investigación o de reiterancia delictiva, consistente en la imputación en una causa penal en forma coexistente con otro u otros procesos en los que la misma persona hubiera sido imputada".

A lo largo del dictamen, se permite sumar condenas de varios tribunales hasta llegar a un máximo de 50 años de prisión.

En tanto, no se tendrá en cuenta para dar lugar a la reincidencia la pena impuestos por delitos cometidos por menores de 18 años o por aquellos donde hubo amnistía. NA.

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